Transferencias entre particulares
27/10/11
Si posee firma digital puede realizar el tramite de autorización especial para la instalación de campos de tiro eventuales por vía telemática en la Sede Electrónica de la Guardia Civil.
Cuando la entrega tenga lugar en otro Estado miembro de la Unión Europea a una persona con residencia en España, el adquirente deberá comunicar dichos elementos de identificación, dentro de un plazo máximo de diez días desde la entrada en España, a la Dirección General de la Guardia Civil.
La instancia de solicitud de autorización de transferencia entre particulares se ajustará al modelo establecido para este trámite, acompañada de la documentación que se indica en la misma.
Transferencia de armas
Transferencia de armas entre particulares
Desde esta página podrá consulta la información necesaria para solicitar la autorización de transferencia entre particulares.Si posee firma digital puede realizar el tramite de autorización especial para la instalación de campos de tiro eventuales por vía telemática en la Sede Electrónica de la Guardia Civil.
Información general
El armero o particular que transmitiere la propiedad de un arma de fuego informará de toda cesión o entrega que tenga lugar en España, a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil, precisando:- La identidad del comprador o cesionario; si se trata de una persona física, su nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, dirección y número de pasaporte, de documento nacional de identidad o tarjeta o autorización de residencia, así como lafecha de expedición e indicación de la autoridad que los hubiere expedido; y si se trata de una persona jurídica, ladenominación o razón social y la sede social, así como los datos reseñados, respecto de la persona física habilitada para representarla.
- El tipo, marca, modelo, calibre, número de fabricación y demás características del arma de fuego de que se trate, así como, en su caso, el número de identificación.
- La fecha de la entrega.
Cuando la entrega tenga lugar en otro Estado miembro de la Unión Europea a una persona con residencia en España, el adquirente deberá comunicar dichos elementos de identificación, dentro de un plazo máximo de diez días desde la entrada en España, a la Dirección General de la Guardia Civil.
Solicitudes y documentación
Las solicitudes de autorización de transferencia entre particulares se presentarán en las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondientes al domicilio del interesado.La instancia de solicitud de autorización de transferencia entre particulares se ajustará al modelo establecido para este trámite, acompañada de la documentación que se indica en la misma.
- Documento de trasnferencia
- Fotocopia de la Licencia de Armas o autorización de adquisición del comprador
- Otros documentos aportados por el solicitante.
Normativa reguladora del procedimiento
Reglamento de Armas (R.D. 137/1993, de 29 de enero, modificado por R.D 976/2011 de 8 de julio).
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